Los generadores fotovoltaicos, aquí abreviados como GFV, son plantas de generación fotovoltaica instaladas en unidades consumidoras, destinadas principalmente a satisfacer su demanda de energía eléctrica, total o parcialmente, y que inyectan el excedente de energía a la red de distribución que da servicio a dicha unidad.
El concepto proviene de la IEC (Comisión Electrotécnica Internacional) y de instalaciones en Europa, donde los GFV se distinguen de los UFV, incluso adoptando diferentes estándares: ¾ IEC/TS 62738:2018 – Plantas de energía fotovoltaica montadas en tierra – Directrices y recomendaciones de diseño; y ¾ IEC 62548 – Conjuntos fotovoltaicos (PV) – Requisitos de diseño.
Podemos distinguir los GFV de tejado, los más habituales, y los GFV de suelo. La puesta a tierra del techo GFV no tiene especificaciones especiales y sólo debe integrarse con la puesta a tierra del edificio, la cual debe cumplir con las normas aplicables, especialmente la NBR5419 (Protección de Estructuras contra Descargas Atmosféricas).
La protección de paneles fotovoltaicos frente a descargas atmosféricas directas, mediante pararrayos, sólo es viable en pequeñas instalaciones, como es el caso de los GFV en tejados de viviendas o pequeños comercios.
Los GFV procedentes de almacenes o edificios de mayor tamaño suelen acabar formando parte de la red de captación de los sistemas de protección contra rayos del edificio.
En este caso hay que tener cuidado de que los elementos captadores no proyecten sombra sobre los módulos fotovoltaicos, lo que puede provocar puntos calientes en las placas, ya que las células en sombra se convierten en una carga para las células vecinas y acaban consumiendo parte de la energía. energía generada por ellos.
Lea el artículo completo en la página 63 de la 11ª edición de la Revista Canal Solar.
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